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24 de octubre de 2024
#AdministraciónBleile: AFIP simplifica la declaración jurada del IVA
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificó el procedimiento de presentación de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado ( IVA), mediante la actualización del Formulario F-2002, que permitirá “realizar los trámites de manera más ágil”.
Administración Bleile Darregueira - Teléfono: 2923 57 23 15
Asesoramiento:
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Dr. Magadán Nº 389 - (8183) - Darregueira - Partido de Puan - Provincia de Buenos Aires
Lo hizo a través de la Resolución General 5591/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, que dispuso la modificación del trámite a partir del período fiscal octubre de 2024, con vencimiento en noviembre.
De esta forma, “se inicia un proceso de simplificación de la declaración jurada de IVA que, en esta etapa, alcanza al 90% de los contribuyentes”, aclaró el organismo recaudador en un comunicado.
Pese al anuncio, la AFIP continúa
La resolución tiene fecha 23 de octubre, dos días después de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, informara en una conferencia de prensa que la AFIP había “dejado de existir” y que sería reemplazada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), de cuya conformación aún no se dio a conocer acto administrativo alguno.
Con la actualización del formulario, los usuarios podrán visualizar el débito y el crédito fiscal previamente registrados en el libro IVA digital.
La medida reemplaza a la Resolución General 3711/2015 y permitirá evitar la duplicidad en la carga inicial de información y simplificar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones ante el fisco.
A quiénes alcanza
La norma alcanza a: Empresas promovidas
Proveedores de empresas promovidas
Contribuyentes que realicen operaciones de exportación
Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital
Sujetos con “Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias”
Sujetos adheridos al “Régimen Agropecuario con Pago Anual”
Sujetos que declaran conceptos que disminuyen el saldo técnico a favor del responsable.
La AFIP recordó que “la determinación del impuesto al valor agregado, así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual, debe efectuarse desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda”.
Cómo ingresar
Para ello se deberá ingresar al servicio “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario “F2002 IVA por Actividad”, disponible en el portal de la AFIP.
“Esta es la primera etapa de un proceso de simplificación de la declaración jurada de IVA en el cual el organismo se encuentra trabajando para su implementación progresiva durante los próximos meses, con el objetivo de poner a disposición de la totalidad de los contribuyentes de dicho impuesto, la declaración jurada precargada sobre la base de los datos con los que ya cuenta el organismo”, aclaró la AFIP.
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