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24 de julio de 2024

Estudio Martínez-Andreis: el gobierno oficializó nuevos cambios al Monotributo



Este miércoles, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó las modificaciones al Monotributo, que se introdujeron con la sanción de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes semanas atrás.


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De esta forma, la normativa precisa que, a partir de 2025, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encargará de actualizar los parámetros de facturación en enero y julio según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que releva el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

“Los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”, apunta el decreto que promulga las modificaciones al Monotributo.

En la misma línea, la normativa aclara que en las situaciones en que la proyección anual “surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)” y se encuadrará en la categoría K hasta la próxima oportunidad.

Asimismo, otro de los cambios al Monotributo es que las personas que hayan renunciado, pero continúan con su actividad, podrán volver a adherir al RS cuando lo deseen, siempre y cuando cumplan con las condiciones exigidas en la categoría que les corresponda.

De esta forma, la reglamentación estableció los aumentos en los montos de facturación del Monotributo que, según la categoría, suben entre un 201% y un 301%, así como también puso en vigencia las subas del 213% para todas las categorías de quienes venden vienes, mientras que para los alquileres incrementan del 211% al 309%.

En esa línea, la normativa oficializó los incrementos en las cuotas impositivas, que serán entre el 278% y 510%, en las cuotas de seguridad social, que serán entre el 212% y 343%, y en las cuotas de la obra social, que serán entre 212% y 214%.
Monotributo: Así quedan las nuevas escalas de facturación

En ese marco, vale mencionar que, la AFIP extendió el plazo para que los tributistas puedan tramitar la recategorización hasta el 2 de agosto, mientras que las nuevas escalas del Monotributo, que se presentan a continuación, regirán a partir del 1 de agosto. 

Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)
Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)
Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)
Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)
Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)
Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)
Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)
Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)
Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)
Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)
Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)

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