25 de junio de 2024

Senado bonaerense: avanza un proyecto para prohibir los cigarrillos electrónicos




La comisión de Salud Pública del Senado bonaerense este miércoles despachó un proyecto de la legisladora de Cambio Federal, Lorena Mandagarán, que busca prohibir los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado en la provincia de Buenos Aires.

El texto, propone la prohibición de la comercialización, distribución, exhibición, publicidad y patrocinio de los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado con el fin de “promover, asistir e impulsar la salud y el bienestar comunitario de sus habitantes de la provincia de Buenos Aires”.

Es preciso mencionar que, durante los trabajos en la comisión de Salud el texto original sufrió modificaciones para armonizar el articulado con las resoluciones de la ANMAT que prohíben la comercialización del cigarrillo electrónico. Además, se elevó la consulta al Poder Ejecutivo y el proyecto no tuvo oposiciones.

De acuerdo a los fundamentos de la iniciativa, se entiende por cigarrillo electrónico a aquellos sistemas que calientan una solución con numerosos componentes para crear un aerosol que es inhalado por el usuario, mientras que los productos de tabaco calentado son sistemas producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas a partir del calentamiento de tabaco prensado.

En ese sentido, el proyecto de Mandagarán para prohibir los cigarrillos electrónicos estipula multas económicas tanto para los casos de comercialización, distribución, exhibición, publicidad y/o patrocinio de cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado, como así también el uso de estos artefactos en ambientes cerrados.

Las sanciones, equivalen al valor de entre 200 y 1500 paquetes de veinte cigarrillos de la marca de mayor precio, con el objetivo de que las multas se vayan actualizando en pos de la inflación. En caso de reincidir dicha penalización, se podrá alcanzar un valor de hasta 2.500 atados.

Asimismo, la iniciativa para prohibir los cigarrillos electrónicos también establece como multas el decomiso y destrucción de los materiales y los productos elaborados o comercializados que se encuentren en violación de estas disposiciones, y la clausura del local, institución o cualquier otro establecimiento donde se realice la actividad prohibida.

Vale mencionar que, las penas por incumplimientos deberán ser controladas por el Ministerio de Salud bonaerense, serán destinadas al financiamiento de los gastos que demande el cumplimiento de la ley, y se podrán acumular y graduarse con arreglo a la gravedad o reiteración de la falta que esté cometiendo el individuo en cuestión.

Además, la cartera de Salud provincial deberá desarrollar programas de concientización para promover la no utilización de los cigarrillos electrónicos e informar acerca de las prohibiciones de este proyecto, así como también tiene que proponer a la Dirección General de Cultura y Educación la incorporación de estos contenidos en todos los niveles y modalidades educativos de la provincia de Buenos Aires.

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