27 de diciembre de 2023

Estudio Contable Martinez Andreis informa: Monotributo 2024, cuanto se pagará



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy los valores del régimen simplificado para pequeños contribuyentes para el 2024. Allí estableció cuánto se pagará en cada categoría el año próximo.


Estudio Contable Patricia Bibiana Martinez Andreis - Contadora Pública 
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Al respecto, el contador Marcos Felice indicó que “la AFIP publicó los valores de los parámetros y montos a ingresar vigentes a partir del 1 de enero de 2024″. Además, precisó que hubo una actualización anual del “110,90 % en los montos a pagar, alquileres devengados y precio máximo unitario de venta”. En cambio, luego de la actualización de julio, se incrementaron el “42,09 % los parámetros de facturación”.

Así quedó cada categoría:

Categoría A

La categoría A del monotributo es la más básica y está dirigida a los pequeños contribuyentes que realizan actividades de servicios o venta de bienes. El tope de facturación anual para esta categoría es de $2.108.279. El pago mensual es de $1.049, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $12.128,39.

Categoría B

La categoría B del monotributo es similar a la categoría A, pero con un tope de facturación anual mayor, de $3.133.928. El pago mensual es de $2.019, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $13.561,75.

Categoría C

La categoría C del monotributo tiene un tope de facturación anual de $4.387.500. El pago mensual es de $3.091, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $15.095,15.

Categoría D

La categoría D tiene un tope de facturación anual de $5.449.072. El pago mensual es de $4.163, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $16.626,57.

Categoría E

La categoría E tiene un tope de facturación anual de $6.416.502. El pago mensual es de $5.235, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. Sin embargo, el aporte a la obra social es mayor que el pago mensual, por lo que el total a pagar por mes es de $8.511.

Categoría F

La categoría F tiene un tope de facturación anual de $8.020.627. El pago mensual es de $6.327, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $19.450,17.

Categoría G

La categoría G tiene un tope de facturación anual de $9.624.753. El pago mensual es de $7.419, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $21.052,57.

Categoría H

La categoría H tiene un tope de facturación anual de $11.916.360. El pago mensual es de $8.511, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $22.563,89.

Categoría I

La categoría I es similar a la categoría H, pero está dirigida a los contribuyentes que realizan actividades de venta de bienes. El tope de facturación anual es el mismo, de $11.916.360. El pago mensual es también de $8.511, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $22.563,89.

Categoría J

La categoría J tiene un tope de facturación anual de $16.957.898. El pago mensual es de $12.643, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $25.196,17.

Categoría K

La categoría K es similar a la categoría J, pero está dirigida a los contribuyentes que realizan actividades de venta de bienes. El tope de facturación anual es el mismo, de $16.957.898. El pago mensual es también de $12.643, que incluye el impuesto, la jubilación y la obra social. El total a pagar por mes es de $25.196,17.

“Es una actualización insuficiente teniendo en cuenta el nivel inflacionario actual y sobre todo el que se prevé para los primeros meses de 2024. Esto va a hacer que muchos queden excluidos o tengan que recategorizarse y pagar más, no por vender más sino por la suba de los precios”, indicó Felice.

La recategorización, según la AFIP, es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.

La misma se realiza del 1 al 20 de enero y julio; los pasos para recategorizarse están detallados en la guía “Recategorización de Monotributo” de la AFIP. (Infobae)

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