9 de julio de 2018

Pena de prisión efectiva para los casos de crueldad animal





El anteproyecto de reforma integral del Código Penal Argentino, que será presentado a principios de agosto por el presidente Mauricio Macri, plantea, entre otras reformas sustanciales, pena de prisión efectiva para los casos de crueldad animal.


En Villa Iris sucedió hace unos días un caso de resonancia a nivel distrital, esto decía el parte de prensa policial "A consecuencia de una denuncia radicada en la Subestación de Policía Comunal Villa Iris, dando cuenta de la existencia en el patio de la vivienda ubicada en calle San Juan 180 de esa localidad, lugar de residencia de BRAIAN MONTENEGRO y MARIA STELLA MERLO, de un perro de raza Pitbull, en estado de desnutrición y abandono, atado a una cadena, siendo las 11:15 horas del día 03 del cte. Personal policial, dando cumplimiento a la orden de allanamiento extendida por la justicia de Paz local, en I.P.P. 02-00-012266-18, caratulada “MERLO MARIA STELLA- MONTENEGRO BRAIAN S/INFRACCION LEY 14.346, de tramite por ante la Ayudantía Fiscal descentralizada de este partido, procedió al registro del domicilio, procediéndose al secuestro de un perro raza Pitbull, pelo corto, negro, que quedo bajo observación veterinaria, no adoptándose medida procesal alguna para con los moradores".-


Otro Caso de junio 2018

Puan: Salvajes arrastraron un caballo 600 metros




PARTE DE PRENSA


Con fecha 17 del cte., denunció en la Subestación de Policía Comunal Villa Iris, NESTOR FLORENTINO MARTINS, argentino, de 62 años de edad, soltero, domiciliado en calle Paraguay S/n de esa localidad, que autores ignorados, sin violencia entre el martes 12 y las 18:00 horas del día de la denuncia, sustrajeronle del interior de la Pick Up, de su propiedad marca Volkswagen Amarok, dominio OVT 519, una pistola calibre 9mm. Marca Bersa, con su cargador conteniendo 12 cartuchos intactos y una escopeta calibre 12/76, cuya marca no recuerda, como así la documentación que avala la propiedad de las mismas, en consecuencia se instruyen las actuaciones pertinentes bajo la caratula de HURTO, con intervención de la dra. ANA CLARA CAFASSO, titular de la Ayudantía Fiscal Descentralizada de este partido.-



Siendo las 15:00 horas y a consecuencia de un llamado telefónico recepcionado en la Sala de guardia de la Estación de Policía Comunal Púan Primera, mediante el cual una persona en forma anónima daba cuenta que sobre calle Alsina, en sentido descendente circulaba un automóvil marca Renault 12 verde, ocupado por dos sujetos se hallaba arrastrado un caballo sobre el pavimento; personal policial se constituyó de inmediato en el lugar, logrando la interceptación del rodado, dominio colocado XJD 428, que era conducido por MIGUEL ADALBERTO GONZALEZ, argentino, de 60 años de edad, domiciliado en calle Saavedra casí Mar del Plata de este medio y su hijo LEANDRO GONZALEZ, argentino, de 29 años de edad, quienes se hallaban arrastrando un caballo zaino, por espacio de unos 600 metros, en consecuencia ambos sujetos fueron aprehendidos por hallarse incursos in fraganti en una INFRACCION A LA LEY 14.346, siendo alojados en la Estación de Policía Comunal Puan, a disposición de la Señora Titular de la Unidad Funcional de Instrucción nro. 15 del Departamento Judicial Bahía Blanca, Dra. PAULA POJOMOVSKY, quien ordenó el traslado de ambos sujetos a sede judicial.- En tanto que se procedió al Secuestro del rodado por Infraccion a la Ley Nacional de Transito 24.449, quedando a disposición del juzgado de Faltas Municipal, a cargo del Dr. MATIAS GIRAUDO, en calidad de depósito judicial.-



¿Habrá sanciones para cumplir en la cárcel?

El anteproyecto de reforma integral del Código Penal Argentino, que será presentado a principios de agosto por el presidente Mauricio Macri, plantea, entre otras reformas sustanciales, pena de prisión efectiva para los casos de crueldad animal.

La ley vigente (14.346) -que es de 1954 y para los proteccionistas está desactualizada- prevé penas de 15 días a un año de prisión, es decir que no se trata de un delito detenible.

En el artículo 457 del anteproyecto que elabora la comisión liderada por el camarista Mariano Borinsky, las penas van hasta 4 años.

De un mes a dos años se prevé la sanción para quien maltrate a un animal, así como aquel organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza.

Si el caso llegara a ser de crueldad animal, la sanción se eleva de 2 meses a 4 años.

¿Qué se supone por "maltrato"?: no alimentar en cantidad y calidad suficiente a animales domésticos o cautivos, azuzarlos para el trabajo y provocarles sensaciones dolorosas, abusar de su empleo en el trabajo y estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

¿Y "crueldad"?: vivisección, mutilación de cualquier parte del cuerpo, intervenirlos sin anestesia o sin título veterinario, matar animales grávidos, lastimarlos o arrollarlos y causarles torturas, entre otras prácticas.

Por otra parte, la Cámara de Diputados debate distintos proyectos para reformar la ley, que ya tiene más de 60 años.

Encabezan la discusión los presidentes de las comisiones de Legislación General y Legislación Penal, Daniel Lipovetzky y Gabriela Burgos, quienes realizaron la semana pasada un plenario informativo.

Expusieron desde distintos sectores, como del ámbito de los rescatistas de animales, de la Justicia y el Derecho. Todos coincidieron en la necesidad de agravar las penas.

Elva Tiburzi, integrante de la organización Alerta Galgo Argentina, apuntó a la falta de legislación que permita a la Justicia actuar contra los maltratadores. “Pedimos el aumento de las penas porque estamos cansados de recibir archivos de parte de la Justicia. Pero la Justicia no tiene las herramientas para responder”, sostuvo.

El presidente de la Academia Nacional de Derecho y exdiputado nacional, Jorge Vanossi, señaló que la ley 14.346, que fue promulgada en 1954, fue un “gran paso” pero debe ser reemplazada. “Ha habido parches mediante decretos pero no han sido abarcativos, sino que apuntan a aspectos puntuales”, explicó.

Los proteccionistas fueron representados por integrantes de las ONG's Alerta Galgo, Protectoras Unidas Argentina y Amores Galgos Argentina, entre otras. Todas brindaron más de 30 testimonios a favor de los proyectos en consideración.


A continuación la Nota de La Nueva Provincia

Pablo Pascual / ppascual@lanueva.com


Juan Pablo Gorbal / jgorbal@lanueva.com


(Bahía Blanca) - En abril de 2014, una perra gran danés fue rescatada casi de milagro. Tenía desnutrición extrema, hemorragias, enfermedades infectocontagiosas y evidenciaba mucho dolor. Estaba al filo de la muerte.

 “Almendra” concientizó a todos. La abogada animalista Alejandra González Laserna y el Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados recibieron la denuncia del caso, pidieron actuar con urgencia y la fiscalía obtuvo un allanamiento de parte de la justicia en apenas 24 horas. Fue el primero de este tipo.

La perra vivió con Alejandra hasta el mes pasado, cuando falleció.

Sin embargo, el caso de “Almendra” fue paradigmático, porque puso en evidencia la necesidad de contar con un equipo especializado para trabajar contra quienes buscan dañar a los animales.

"Almendra", siempre al lado de Alejandra, luchó hasta el mes pasado.


Dos meses después se creó el Equipo de Trabajo en causas de Malos Tratos y Actos de Crueldad contra los Animales, que depende de la Fiscalía General, para abordar la problemática con personal que trabaja fuera de hora, es decir que no desatiende otras prioridades.

Y a fines del mismo año la postura de la fiscalía en la materia se robusteció, a partir de un fallo dictado por la Cámara Federal de Casación Penal, que dio respaldo a la política de derecho animal, al tratarlos "como sujetos no humanos".

Diego Mauricio Salazar, tenedor no responsable de “Almendra”, fue condenado. Un año y medio después del allanamiento recibió una pena de 4 meses de prisión en suspenso. No fue a la cárcel pero le quedó un antecedente por el cual debe cuidarse.

La atención dada al tema y la sensibilidad especial de los bahienses por los animales motorizaron el trabajo de la fiscalía en ese sentido: en los 4 años de funcionamiento de la oficina especializada (desde mediados de 2014 a la fecha) se tomaron 368 denuncias, 18 más que en los 16 años previos (1998/2013), cuando todas fueron a parar al archivo.

Y la proyección de este año marca un crecimiento importante. El año pasado hubo 82 denuncias y en el primer semestre de 2018 ya son 51, es decir que, de mantenerse esa línea, el crecimiento será del orden del 25%.

El número de condenas en proporción a la cantidad de hechos, a su vez, es alto (2,5%,) si se compara con el del universo del resto de los delitos, que no llega al 2%.

De las 368 denuncias que recibió el equipo, 9 ya tienen una sentencia condenatoria, 4 fueron o están siendo elevadas a juicio y 20 están en el trámite de indagatoria del acusado. Otras están en plena investigación, se archivan o terminan con una mediación.
Otro drama, otra condena

Como el de "Almendra", el caso de "Rubia", denunciado en 2016, también fue terrible y terminó con una condena, la que acaba de dictar el juez en lo Correccional N° 2, Gabriel Rojas.

"Rubia" era una perra pitbull, de 4 años, que falleció en Coronel Suárez luego de que el hombre al que se la habían dado en guarda no le brindara atención y la abandonara, en un grado de extrema desnutrición, atándola a una gruta en las afueras de esa ciudad.

El hecho fue llevado a la justicia por la fundación protectora “Corazones con Patas” y el juez dictó una pena de 8 meses prisión en suspenso al acusado: Pablo Omar Mayer.

En mayo de aquel año, Mayer le había pedido a Carlos Vázquez -su compañero de trabajo- que le regalara la perra y el hombre accedió con una única condición: “si se te complica y no la podés cuidar, me la devolvés”.

Un mes después, Vázquez se enteró de que la pitbull se encontraba en “estado calamitoso”, sin fuerzas para levantarse. Se presentó en la casa de Mayer y le exigió la devolución de la perra, pero el imputado le dijo: “vos me la regalaste; de acá no se va”.

Días después, la policía encontró a "Rubia" atada en una gruta y abandonada. Pese a la asistencia que le brindaron, la pitbull, muy debilitada, murió.

Vázquez comentó que la perra pesaba entre 38 y 40 kilos cuando se la entregó a su compañero de trabajo y, al recuperarla, su peso era de no más de 18. Según los vecinos, Mayer “la trataba mal, dejándola a la buena de Dios”.

Si bien no se descartó que el estado de desnutrición tuviera origen en una patología, sí se descartó un cuadro una enfermedad que le impidiese comer, porque un vecino pudo observar que tenía apetito y sed.

En el fallo, Rojas destacó el "exponencial sufrimiento" al que fue sometida "Rubia" y el desprecio absoluto de Mayer por el animal.



Atacar desde lo punitivo

Para Nora Heck, presidenta de la Asociación Protectora de Animales del Sur (APAS), es necesario subir las penas porque, de lo contrario, "queda la sensación de que no pasa nada”.

También consideró imprescindible que la sociedad se involucre en la problemática y denuncie este tipo de hechos.

“Por supuesto que cuanto más gente se sume mejor. Siempre decimos que los particulares también tienen que involucrarse. El ciudadano va tomando conciencia de estos hechos y denunciando, aunque falta información”.

La mujer valoró el trabajo de la oficina de la fiscalía y reiteró que “los casos de maltratos hay que denunciarlos siempre. Las personas pueden asesorarse en el Ministerio Público o en el Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados, donde les brindarán la información necesaria”.

“Cuando se denuncia quizás el proceso es lento, pero en algún momento el resultado llega. Cuando no se hace nada, sabemos que va a quedar absolutamente impune”.

También admitió que el temor por involucrarse a veces juega en contra.

“En muchas ocasiones sucede que la gente tiene miedo porque debe dejar sus datos y quizás el maltratador es alguien cercano. En ese tipo de situaciones, desde entidades como la nuestra, los apoyamos presentando nosotros la denuncia con las pruebas que nos acercan las personas”.

Finalmente, respecto a la cuestión legal, Heck indicó que “no sé la razón por la cual para nuestro Código los animales son una cosa. No lo digo desde lo sentimental, sino que es indudable que se trata de un ser vivo, entonces cómo alguien puede pensar que no siente o que no es un sujeto. Es una cuestión de sentido común”.
Qué pasó con los perros de Benítez

La situación de maltrato que sufrieron los perros involucrados en el caso Benítez es materia de una causa penal que tramita la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 5, de Homicidios, en el que se investiga, entre otros delitos de público conocimiento, la posible infracción a la Ley de Protección de los Animales contra Malos Tratos y Actos de Crueldad.

Se acusa a los hermanos Fernando y Gonzalo Benítez y a su madre, Nélida Ester Llanos de “no alimentar en calidad y cantidad suficiente a los animales domésticos o cautivos”, en infracción al artículo 2, inciso A de la ley 14.346.

Se trata de uno rotweiller macho, que responde como “Otto”, y una hembra mestiza, sin nombre conocido, que habitaban el domicilio de la calle Güemes al 3700, junto con otra perra pitbull terrier, llamada “Sasha”.



“Otto” y la mestiza están bajo bajo guarda judicial, a cargo de particulares inscriptos en el Registro de Guardadores de Animales Víctimas del Delito de Maltrato.

“Sasha”, en tanto, permanece en el domicilio y actualmente bajo la responsabilidad de Llanos, quien hace 2 meses formalizó en la fiscalía su voluntad de quedar a cargo del animal.

Para otorgarle esa medida, el Equipo tuvo en cuenta la ausencia de signos físicos de maltrato informada por el veterinario interviniente, la existencia de un lazo de afecto ya constituido y la experiencia de la mujer en el manejo de un perro cuyo comportamiento demanda recaudos especiales, debido a la “pseudo fobia social” y la “agresividad intraespecífica” diagnosticada.
“Muñeco” y Chubut tuvieron respuesta

El mes pasado, en la ciudad chubutense de Sarmiento, el juez penal Alejandro Rosales le impuso 2 años y 2 meses de prisión en suspenso a un hombre que robó un caballo y lo mató de manera atroz.

Si bien también se consideró la existencia de abigeato, el juez tuvo en cuenta la crueldad animal para fallar contra Luis Ángel Carmona, de 30 años, quien no irá preso pero tendrá que someterse a distintas reglas de conducta.

Quedó probado que el equino -manso, de pelaje tobiano y unos 7 años de edad- fue sustraído la tarde del 7 de mayo de 2011 de la chacra de Carlos Darío Rúa, quien lo tenía desde potrillo y lo usaba para apadrinar eventos de doma.

Alejandro Rosales -derecha-, en el momento del juicio oral.

También se estableció que Rosales lo trasladó a otro terreno, a más de 4 kilómetros, lo tendió, le ató las patas y con un cuchillo de gran hoja le aplicó dos puñaladas en el canal yugular. Con sus piernas y sus manos sobre la cabeza del animal, el hombre lo obligó a movimientos bruscos, hecho que derivó en un sangrado profuso.

Acto seguido, Carmona se retiró y lo dejó desangrar lentamente hasta su muerte. Luego lo faenó.

Para peor, toda su acción fue grabada en un video difundido por las redes.

El doctor Edgardo Di Salvo, perito que declaró en el juicio, dijo que el caballo tuvo un "sufrimiento innecesario" y que desde la primera estocada hasta que murió pasaron 12 minutos.



¿Habrá sanciones para cumplir en la cárcel?

El anteproyecto de reforma integral del Código Penal Argentino, que será presentado a principios de agosto por el presidente Mauricio Macri, plantea, entre otras reformas sustanciales, pena de prisión efectiva para los casos de crueldad animal.

La ley vigente (14.346) -que es de 1954 y para los proteccionistas está desactualizada- prevé penas de 15 días a un año de prisión, es decir que no se trata de un delito detenible.

En el artículo 457 del anteproyecto que elabora la comisión liderada por el camarista Mariano Borinsky, las penas van hasta 4 años.

De un mes a dos años se prevé la sanción para quien maltrate a un animal, así como aquel organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza.

Si el caso llegara a ser de crueldad animal, la sanción se eleva de 2 meses a 4 años.

¿Qué se supone por "maltrato"?: no alimentar en cantidad y calidad suficiente a animales domésticos o cautivos, azuzarlos para el trabajo y provocarles sensaciones dolorosas, abusar de su empleo en el trabajo y estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

¿Y "crueldad"?: vivisección, mutilación de cualquier parte del cuerpo, intervenirlos sin anestesia o sin título veterinario, matar animales grávidos, lastimarlos o arrollarlos y causarles torturas, entre otras prácticas.

Por otra parte, la Cámara de Diputados debate distintos proyectos para reformar la ley, que ya tiene más de 60 años.

Encabezan la discusión los presidentes de las comisiones de Legislación General y Legislación Penal, Daniel Lipovetzky y Gabriela Burgos, quienes realizaron la semana pasada un plenario informativo.

Expusieron desde distintos sectores, como del ámbito de los rescatistas de animales, de la Justicia y el Derecho. Todos coincidieron en la necesidad de agravar las penas.

Elva Tiburzi, integrante de la organización Alerta Galgo Argentina, apuntó a la falta de legislación que permita a la Justicia actuar contra los maltratadores. “Pedimos el aumento de las penas porque estamos cansados de recibir archivos de parte de la Justicia. Pero la Justicia no tiene las herramientas para responder”, sostuvo.

El presidente de la Academia Nacional de Derecho y exdiputado nacional, Jorge Vanossi, señaló que la ley 14.346, que fue promulgada en 1954, fue un “gran paso” pero debe ser reemplazada. “Ha habido parches mediante decretos pero no han sido abarcativos, sino que apuntan a aspectos puntuales”, explicó.

Los proteccionistas fueron representados por integrantes de las ONG's Alerta Galgo, Protectoras Unidas Argentina y Amores Galgos Argentina, entre otras. Todas brindaron más de 30 testimonios a favor de los proyectos en consideración.

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