6 de julio de 2017

Liga Cultural pampeana: El tribunal le dio por perdido el partido a Pampero


Fotografia: Facebook Pampero Guatraché


El tribunal de disciplina falló con respecto al partido suspendido entre Pampero e Independiente de Aráuz.

El encuentro en cuestión se suspendió a los 43 minutos del segundo tiempo por agresión de un ayudante de campo de Pampero hacia uno de los jueces asistentes. El tribunal encuadró la agresión en el artículo 106, inciso G, y artículo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


EXPE 228/2017:Partido Pampero(G) vs Independiente J Arauz, división primera, jugado el 2 de Julio de 2017, visto el informe arbitral y considerando los hechos descriptos en el mismo, este Tribunal resuelve :

Suspender provisionalmente al Sr Ruben Senger D.N.I 16.857.508 ayudante de campo del Club Pampero y solicitarle descargo, el cual deberá ser presentado en un plazo de 5 (cinco) dias bajo apercibimiento, según arts. 8 y ss del R.T.P.Asimismo, se resuelve dar por perdido el partido al Club A.Pampero con el resultado Pampero 0(cero)- Independiente (uno), arts 106 inc G y 152 del R.T.P

Art. 106 – PÉRDIDA DE PARTIDO – Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos:

g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.

Art. 152 – PERDIDA DE PARTIDO – RESULTADO QUE SE REGISTRA – La pena de pérdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrará con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubiera obtenido mas de uno. La pérdida de partido por ambos clubes hace perder los tres puntos a cada uno de ellos, registrándose, en este caso, el resultado de cero gol a favor y un gol en contra a ambos clubes. Estas disposiciones son de aplicación también cuando se adjudique puntos por inasistencia de equipo o por cesión de ellos. La anotación en la tabla de posiciones respectiva debe hacerse inmediatamente después de publicarse el fallo disciplinario.






BY LIGA CULTURAL DE FUTBOL · PUBLISHED 6 JULIO, 2017 · UPDATED JULIO 6, 2017
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